lunes, 28 de junio de 2010

Sistema Impositivo

Sistema impositivo

Conjunto de medidas encaminadas a la obtención de ingresos tributarios para financiar el gasto público y/o desplazar recursos de usos privados a los públicos.

  • Antecedentes:
Ewer Carias expresa que: "El sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población, y se sustentará para ello en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos."

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela señala en su artículo 317 que: "No podrá cobrarse impuesto, tasa, ni contribución alguna que no estén establecidos en la Ley, ni concederse exenciones y rebajas, ni otras formas de incentivos fiscales, sino en los casos previstos por las Leyes. Ningún tributo puede tener efecto confiscatorio."

Por otra parte, también establece que: "el sistema tributario en su conjunto procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, y en este marco dispone que se deberá atender al principio de progresividad, a la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población, sustentándose para ello en un sistema eficiente de recaudación de los tributos".

  • Clasificación:

1. Impuestos: es la prestación pecuniaria exigidas a los individuos destinadas a cubrir los gastos de interés general y únicamente a causa de que los contribuyentes son miembros de una comunidad política organizada.

Ø En razón de la actividad gravada:

- Impuestos generales: Gravan todas las actividades económicas comprendidas en las normas. Ejemplo: IVA, impuesto al consumo, impuesto a la transferencia…

- Impuestos especiales: Gravan determinadamente la actividad económica. Ejemplo: Impuesto sobre el trabajo, sobre el alcohol, sobre la cerveza…

Ø En razón del sujeto:

- Personales: Se toma en consideración la capacidad contributiva de las personas, en función de sus ingresos y su patrimonio. Ejemplo: Impuesto sobre la renta, impuesto sobre los bienes personales.

- Reales: son los que gravan a las personas si toman en cuenta sus propias características personales, no admiten ningún tipo de descuento. Ejemplo: contribución urbana.

Ø Criterio económico de traslación:

- Directos: se aplican de forma directa, afectando principalmente a los ingresos o propiedades. Gravan manifestaciones inmediatas de capacidad contributiva.

- Indirectos: afectan a personas distintas del contribuyente, que traslada la carga del impuesto a quienes adquieren o reciben los bienes. Gravan manifestaciones mediatas de capacidad contributiva, en función del consumo.

Ø En razón de la carga económica:

- Proporcionales: son aquellos que mantienen una relación constante entre el impuesto y el valor de la riqueza gravada.

- Progresivos: se tiene en cuenta la capacidad económica del sujeto (suelen ser los directos pero no siempre). Los que tienen menos riquezas pagan menos que los que tienen mayor capacidad contributiva.

Ø Período de duración de los impuestos:

- Ordinarios: son aquellos que no tienen una duración determinada en el tiempo.

- Extraordinarios: son todo lo contrario al anterior ya que son los que poseen una vigencia limitada en el tiempo.

2. Tasas: Son el medio de financiación de los servicios públicos divisibles. Son exigidas como contraprestación por un servicio público otorgado individualmente a todos los usuarios efectivos y/o potenciales. En teoría el importe de la tasa debe ser proporcional al beneficio recibido y al costo de servicio, y se debe tener en cuenta la capacidad contributiva del individuo. Ejemplo: Toda tasa de migraciones, tasa de escribanía de gobierno, tasa por servicios sanitarios, etc.

3. Contribuciones especiales: Es una prestación obligatoria en razón de beneficios individuales o colectivos derivados de obras públicas o actividades especiales del Estado. Ejemplo: Peajes, mejoras, contribuciones parafiscales…

· Sujetos de la obligación jurídica tributaria y aduanera

- Sujeto activo: es el estado o cualquier otro ente que tenga facultades tributarias, que exige tributos por el ejercicio de poderes soberanos, los cuales han sido cedidos a través de un pacto social.

- Sujeto pasivo: es el contribuyente, ya sea una persona física o jurídica.

  • Importancia del sistema impositivo: La comprensión de la composición y aplicación de los tributos y del sistema tributario Venezolano, nos ayuda a saber no solo cuales son nuestras obligaciones, sino también nuestros derechos como contribuyentes. A su vez permite los encargados de planificar las finanzas nacionales determinar cuales son los criterios que de aplicarse serán mas beneficiosos para la población, lamentablemente en nuestro país esto no es tenido en cuenta y los impuestos en vez de constituir un medio del que el estado se vale para equiparar los beneficios de los habitantes, se constituye en el medio de sacarle mas a los que menos tienen para beneficio de unos pocos.